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Admisión nuevos alumnos
Admisión alumnos nuevos

El plazo para presentar la solicitud para el curso 23-24 es del 17 de marzo al 10 de abril (hasta las 14h), ambos inclusive.

 Información

 Toda la información sobre el proceso de Admisión de alumnos para el próximo curso (información para la obtención del formulario de solicitud e instrucciones para su cumplimentación y presentación, así como información general sobre el proceso) se podrá encontrar en:

-el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León Admisión del alumnado en centros docentes. E. infantil (segundo ciclo), E. primaria, ESO, Bachillerato y TVA - Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (jcyl.es) 

Admisión y matriculación en centros docentes para cursar educación infantil, primaria, ESO, bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta (curso 2023/2024) | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León (jcyl.es)

 Solicitud

             Disponible a partir del día 17 de marzo

            Se contempla la cumplimentación y envío de los documentos de manera telemática preferentemente. 

Acceso al formulario: Punto de acceso electrónico de Educación (jcyl.es)

 

CUMPLIMENTACIÓN:

-Mediante la aplicación web:activa desde que comienza el plazo. Pueden presentarlo electrónicamente si al menos uno de los progenitores tiene acreditación de identidad por este medio (y habrá que adjuntar una declaración responsable firmada por el otro progenitor), o puede imprimirse y entregarse en el centro que se escoja como primera opción.

 
-Quienes no puedan cumplimentarlo en la web, pueden rellenar la solicitud en papel y entregarla junto con la documentación en la secretaría del centro que se escoja como primera opción.

-  Documentación

  Junto con la solicitud habrá que adjuntar la documentación pertinente (Enlace al archivo sobre la documentación)

 -Copia del libro de familia o de la certificación del Registro Civil. Para los solicitantes extranjeros comunitarios que no dispongan de libro de familia certificado original de registro de ciudadano de la Unión Europea expedido por el Registro Central de Extranjeros de la comisaría provincial que corresponda o equivalente. En caso de solicitantes extranjeros no comunitarios, se aportará la documentación acreditativa de la filiación del alumnado traducida al castellano.

 La presentación de la solicitud de admisión implica la autorización a la Administración educativa para realizar la verificación electrónica de los siguientes documentos: DNI, empadronamiento, renta, discapacidad, familia numerosa o trabajador de centro sostenido con fondos públicos (con excepción de la documentación expedida en otra Comunidad Autónoma)

  -Copia de los documentos que acrediten las circunstancias puntuables y situaciones alegadas que no pueden ser verificadas por la Administración de forma directa o por medios electrónicos (las reconocidas por otra comunidad autónoma, las resoluciones judiciales, etc)

 

En la cumplimentación de la solicitud se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

a) El nombre y apellidos de los solicitantes y del alumno reproducirán exactamente los que aparezcan en su D.N.I. o N.I.E., si disponen de él. 

b) Es imprescindible indicar correctamente el número y letra del D.N.I. o N.I.E. de los solicitantes y del alumnado si dispone de él, así como la fecha de nacimiento de éste.

c) El domicilio familiar que se alegue en la solicitud deberá corresponder al solicitante primero.

d) En la solicitud de plaza escolar se relacionarán un mínimo de cinco centros, y podrán relacionarse hasta siete centros docentes libremente elegidos además de los pregrabados que aparecen en el caso del alumnado que pasa al instituto, consignándose el orden de preferencia para todos ellos

En el caso de que la solicitud no esté firmada por los dos progenitores, se deberá aportar la documentación pertinente que justifique tal circunstancia (resolución administrativa o judicial de la pérdida de la patria potestad, etc). De no acreditar la omisión de un segundo progenitor, la solicitud podrá no ser tramitada. 

 

Otra información relacionada:

Baremo de circunstancias puntuables.

Criterios complementarios.

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